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En relación con las medidas cautelares que se puedan adoptar durante la tramitación de un expediente disciplinario, el Real Decreto 190/1996, de 9 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Penitenciario dispone que:

Respuestas
  • AEl Centro Directivo, por sí o a propuesta del Instructor del expediente disciplinario, podrá acordarlas en cualquier momento del procedimiento, mediante acuerdo motivado.
  • BEl Director, por sí o a propuesta del Instructor del expediente disciplinario, podrá acordarlas en cualquier momento del procedimiento, mediante acuerdo motivado.
  • CEl Director, por sí o a propuesta del Instructor del expediente disciplinario, podrá acordarlas únicamente durante los cinco días siguientes a la notificación del pliego de cargos al interno, mediante acuerdo motivado.
  • DEl Director, por sí o a propuesta del Instructor del expediente disciplinario, podrá acordarlas antes del inicio del procedimiento, mediante acuerdo motivado.
Oposición
Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones Penitenciarias
Bloque
Penología y Derecho Penitenciario
Tema
Tema 34. Procedimiento disciplinario: iniciación, instrucción y resolución. El procedimiento abreviado para faltas leves
Ley
Real Decreto 190/1996, de 9 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Penitenciario
Preguntada en la convocatoria de:
(2018-06-10 - OEP 2017) Examen Oficial Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones Penitenciarias

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