Crear pregunta

De conformidad con lo establecido en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa:

Respuestas
  • ASi el recurso contencioso-administrativo se dirigiera contra una actuación en vía de hecho, el plazo para interponer el recurso será de veinte días desde el día en que se inició la actuación administrativa en vía de hecho, siempre que no hubiera habido requerimiento previo intimando su cesación.
  • BEn los litigios entre Administraciones, el plazo para interponer recurso contencioso-administrativo será de dos meses, salvo que por disposición reglamentaria se disponga otra cosa.
  • CEl plazo para interponer recurso contencioso-administrativo será de tres meses, si el acto administrativo que ponga fin a la vía administrativa no fuera expreso.
  • DEl plazo para interponer el recurso contencioso-administrativo será de dos meses contados desde el día de la publicación de la disposición impugnada.
Oposición
Cuerpo Especial de Instituciones Penitenciarias
Bloque
Derecho administrativo
Tema
Tema 13. La jurisdicción contencioso-administrativa. Extensión. Órganos y competencias. El recurso contencioso-administrativo: Las partes, capacidad, legitimación y postulación. Actos impugnables. Procedimiento ordinario y abreviado. Las medidas cautelares
Ley
Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa
Preguntada en la convocatoria de:
(2015-01-25 - OEP 2014 (Promoción interna)) Examen Oficial Cuerpo Especial de Instituciones Penitenciarias

opojust.com usa cookies de analíticas anónimas, propias para su correcto funcionamiento y de publicidad. Nuestros socios (incluido Google) pueden almacenar, compartir y gestionar tus datos para ofrecer anuncios personalizados. Al hacer click en "Aceptar todas", aceptas el uso de todas las cookies. Si rechazas, solo usaremos las cookies necesarias para el funcionamiento básico de la web. Puedes saber más en nuestra página de privacidad y cookies.