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Según el artículo 36 del Código Penal, aprobado por la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, en los delitos de terrorismo se establece una excepción al cumplimiento de la cuarta parte de la condena para los penados a prisión permanente revisable, en este caso el cómputo para poder disfrutar de un permiso de salida es haber cumplido un mínimo de:

Respuestas
  • A15 años.
  • B12 años.
  • C8 años.
  • D10 años.
Oposición
Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones Penitenciarias
Bloque
Derecho Penal
Tema
Tema 11.
Epígrafe
11.1 La pena: concepto, clases y fines
Ley
Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal
Preguntada en la convocatoria de:
(2018-06-10 - OEP 2017) Examen Oficial Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones Penitenciarias

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