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A tenor de lo dispuesto en el artículo 24.2 del Reglamento Penitenciario, ¿quién debe realizar la propuesta de libertad definitiva y con qué antelación a loa fecha del cumplimiento de la condena?

Respuestas
  • AEl Director del establecimiento y con una antelación mínima de dos meses.
  • BEl Subdirector de la Oficina de Gestión y con una antelación mínima de tres meses.
  • CLa Junta de Tratamiento y con una antelación mínima de tres meses.
  • DEl Subdirector de Tratamiento y con una antelación mínima de un mes.
Oposición
Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias
Bloque
Derecho Penitenciario
Tema
Tema 13. Libertad y excarcelación en sus distintas formas. El procedimiento de expulsión de extranjeros. Suspensión de la ejecución del resto de la pena y concesión de la libertad condicional: Requisitos para su concesión y revocación. Mecanismos de control de esta situación. Los beneficios penitenciarios y sus clases
Ley
Real Decreto 190/1996, de 9 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Penitenciario
Preguntada en la convocatoria de:
(2020-01-02 - OEP 2019) Examen Oficial Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias

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