Nueva colaboración con FORMIIPP20% descuento y simulacro del 13 al 15 de diciembre 

De conformidad con la disposición adicional cuarta del Real Decreto-Ley 32/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma laboral, la garantía de la estabilidad en el empleo y la transformación del mercado de trabajo, las administraciones públicas podrán celebrar contratos por tiempo indefinido:

Respuestas
  • ACuando resulten esenciales para el cumplimiento de los fines que las administraciones públicas y las entidades que conforman el sector público institucional tenga encomendados, previa expresa acreditación.
  • BEn todo caso, de acuerdo con los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad, sin más requisitos que formalizarlos por escrito.
  • CEn ningún caso.
  • DExclusivamente cuando lo autorice expresamente el Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública.
Oposición
Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones Penitenciarias
Bloque
Derecho del Trabajo
Tema
Tema 67.
Epígrafe
67.3 Capacidad para contratar
Preguntada en la convocatoria de:
(2024-03-03 - OEP 2023) Examen Oficial Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones Penitenciarias

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