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De acuerdo con el articulado del Real Decreto 190/1996, de 9 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Penitenciario, ¿Cuál de las siguientes funciones no puede corresponder al Jefe de Servicios?:

Respuestas
  • AOrdenar la suspensión de las comunicaciones orales, por propia iniciativa, cuando los comunicantes no observen un comportamiento correcto.
  • BAutorizar los cacheos con desnudo integral por motivos de seguridad concretos y específicos, cuando existan razones individuales y contrastadas que hagan pensar que el interno oculta en su cuerpo algún objeto peligroso o sustancia susceptible de causar daño a la salud o integridad física de las personas o de alterar la seguridad o convivencia ordenada del establecimiento
  • CRecabar con carácter provisional el auxilio de las fuerzas de Seguridad de guardia en el establecimiento en los casos de graves alteraciones del orden con peligro inminente para las personas o para las instalaciones del centro.
Oposición
Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones Penitenciarias
Bloque
Penología y Derecho Penitenciario
Tema
Tema 43.
Epígrafe
43.4 Jefes de Servicios
Ley
Real Decreto 190/1996, de 9 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Penitenciario
Preguntada en la convocatoria de:
(2011-10-01 - OEP 2011) Examen Oficial Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones Penitenciarias

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