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La Ley Orgánica General Penitenciaria, prevé en el artículo 66 bis, que la Administración Penitenciaria elaborará programas específicos de tratamiento para:

Respuestas
  • ALos penados que hayan sido condenados por delitos relacionados contra la libertad sexual e indemnidad sexual.
  • BLas personas internas que hayan sido condenadas por delitos relacionados con la violencia contra la infancia y adolescencia.
  • CPara las personas que haya sido condenadas por delitos de odio.
  • DLos penados que hayan sido condenados por delitos relacionados con la violencia de género y en el ámbito familiar.
Oposición
Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones Penitenciarias
Bloque
Penología y Derecho Penitenciario
Tema
Tema 23.
Epígrafe
23.4 Programas de actuación especializada
Ley
Ley Orgánica 1/1979, de 26 de septiembre, General Penitenciaria
Preguntada en la convocatoria de:
(2021-11-28 - OEP 2020) Examen Oficial Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones Penitenciarias

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