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Conforme a lo establecido en el artículo 9.1 del Real Decreto 190/1996, de 9 de febrero, los internos pueden solicitar a la Administración Penitenciaria la rectificación de sus datos de carácter personal contenidos en los ficheros informáticos que resulten inexactos o incompletos. De la rectificación efectuada, ¿en qué plazo se informará al interesado?

Respuestas
  • AEn el plazo máximo de tres meses desde la solicitud del interno.
  • BEn el plazo máximo de dos meses desde la solicitud del interno.
  • CEn el plazo máximo de tres meses desde que la Administración haya efectuado la rectificación.
  • DEn el plazo máximo de dos meses desde que la Administración haya efectuado la rectificación
Oposición
Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias
Bloque
Derecho Penitenciario
Tema
Tema 3.
Epígrafe
3.2 Derechos de los internos: Clases y límites, sistema de protección y régimen de garantías
Ley
Real Decreto 190/1996, de 9 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Penitenciario
Preguntada en la convocatoria de:
(2018-02-25 - OEP 2017) Examen Oficial Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias

Preguntas similares

1. Los reclusos podrán solicitar de la Administración penitenciaria la rectificación de sus datos de carácter personal contenidos en los ficheros informáticos penitenciarios que resulten inexactos o incompletos. De la rectificación efectuada se informará al interesado en el plazo:
Cuerpo de Ayudantes de Instituciones PenitenciariasVer detalles
  • AMáximo de 4 meses desde su solicitud
  • BMáximo de 2 meses desde su solicitud
  • CMáximo de 3 meses desde su solicitud
  • DMáximo de un mes desde su solicitud
2. Los internos pueden solicitar de la Administración Penitenciaria la rectificación de sus datos de carácter personal contenidos en los ficheros informáticos penitenciarios que resulten inexactos o incompletos, ¿cuál es el plazo máximo para que la Administración informe al interno de la rectificación efectuada?
Cuerpo de Ayudantes de Instituciones PenitenciariasVer detalles
  • ASeis meses.
  • BUn mes.
  • CTres meses.
  • DDos meses.
3. Si a solicitud del interno, la Administración Penitenciaria realiza una rectificación de sus datos de carácter personal contenidos en los ficheros informáticos penitenciarios que resulten inexactos o incompletos, ¿a quién se informa de la rectificación efectuada?
Cuerpo de Ayudantes de Instituciones PenitenciariasVer detalles
  • AAl cesionario/s si hubiesen sido objeto de cesión previa, si así lo solicita.
  • BAl interno interesado.
  • CAl interno interesado y al cesionario o cesionarios, en el supuesto de que los datos incorrectos hubiesen sido objeto de cesión previa.
  • DNo se informa a nadie, simplemente se procede a la rectifición.
4. El Reglamento Penitenciario de 1996 establece la protección de datos de los Ficheros Penitenciarios. Al efecto, los internos podrán solicitar de la Administración Penitenciaria la rectificación de sus datos de carácter personal contenidos en aquellos que resulten inexactos o incompletos, debiéndose informar de la misma al interesado:
Cuerpo de Ayudantes de Instituciones PenitenciariasVer detalles
  • AEn el plazo máximo de tres meses desde la solicitud.
  • BEn el plazo máximo de dos meses desde la recepción de la solicitud.
  • CEn el plazo máximo de dos meses desde la solicitud.
  • DEn el plazo máximo de un mes desde la solicitud.

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