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Cuando por causa de fuerza mayor una conducción no pudiera llegar a su destino y el Jefe de la fuerza conductora inste la admisión de los reclusos en el centro penitenciario más próximo, el Director de este centro dará cuenta:

Respuestas
  • AAl Centro Directivo y al Juez de Vigilancia Penitenciaria.
  • BAl Centro Directivo y a la autoridad judicial que recabó el traslado del recluso.
  • CAl Centro Directivo, únicamente.
  • DAl Centro Directivo y a la autoridad judicial de la que dependa el interno.
Oposición
Cuerpo Especial de Instituciones Penitenciarias
Bloque
Derecho penitenciario
Tema
Tema 13. Conducciones y traslados. Competencias. Cumplimentación de las órdenes de autoridades judiciales y gubernativas. Desplazamientos a hospitales no penitenciarios. Medios y formas de la conducción. Tránsitos e incidencias
Ley
Real Decreto 190/1996, de 9 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Penitenciario
Preguntada en la convocatoria de:
(2021-10-24 - OEP 2020) Examen Oficial Cuerpo Especial de Instituciones Penitenciarias

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