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Contra los actos de trámite de un procedimiento administrativo:

Respuestas
  • ASe podrá interponer recurso administrativo si éstos determinan la imposibilidad de continuar el procedimiento, aunque no podrá estar fundamentado en motivos de anulabilidad, previstos en el artículo 48 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • BNo se podrá interponer recurso administrativo alguno.
  • CSe podrá interponer recurso administrativo si éstos producen un perjuicio irreparable a derechos e intereses legítimos a las personas interesadas, que cabrá fundar en cualquiera de los motivos de nulidad o anulabilidad previstos en los artículos 47 y 48 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • DSe podrá interponer recurso administrativo si éstos producen indefensión, que no podrá estar fundamentado en motivos de nulidad, previstos en el artículo 47 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Oposición
Cuerpo Especial de Instituciones Penitenciarias
Bloque
Derecho administrativo
Tema
Tema 5. La revisión de los actos en vía administrativa. Revisión, anulación y revocación. Los recursos administrativos
Ley
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
Preguntada en la convocatoria de:
(2024-03-03 - OEP 2023 (Promoción interna)) Examen Oficial Cuerpo Especial de Instituciones Penitenciarias

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