Crear pregunta

Según el artículo 148 de la Constitución Española de 1978, las Comunidades Autónomas podrán asumir competencias en materia de:

Respuestas
  • ABases y coordinación de la planificación general de la actividad económica.
  • BRégimen aduanero y arancelario; comercio exterior.
  • CLa agricultura y ganadería, de acuerdo con la ordenación general de la economía.
  • DBases de régimen minero y energético.
Oposición
Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias
Bloque
Organización del Estado. Derecho Administrativo General. Gestión de Personal y Gestión Financiera
Tema
Tema 1. La Constitución Española de 1978: principios generales, estructura y contenido. Derechos y deberes fundamentales. La Corona. Funciones constitucionales del Rey. Las Cortes Generales. La elaboración de las leyes. El Defensor del Pueblo. Nombramiento y «status». Competencias
Oposición
Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones Penitenciarias
Bloque
Organización del Estado, Unión Europea y Función Pública
Tema
Tema 1. La Constitución Española de 1978: Características, estructura, principios y valores fundamentales
Oposición
Cuerpo Especial de Instituciones Penitenciarias
Bloque
Organización del Estado y Unión Europea
Tema
Tema 5. Las Comunidades Autónomas. Los Estatutos de Autonomía. Organización política y administrativa. La potestad legislativa de las Comunidades Autónomas. Órganos territoriales de la Administración del Estado. Los Delegados del Gobierno. Los Subdelegados del Gobierno. Los Directores Insulares. La Administración del Estado en el exterior
Ley
Constitución Española

Preguntas similares

1. De acuerdo con el artículo 148.1 de la Constitución Española de 1978, las Comunidades Autónomas podrán asumir competencias en materia de:
Cuerpo Especial de Instituciones PenitenciariasVer detalles
  • ALegislación sobre la propiedad intelectual e industrial.
  • BFomento y coordinación general de la investigación científica y técnica.
  • COrdenación del territorio, urbanismo y vivienda.
  • DLa Administración de Justicia.
2. De acuerdo con el artículo 148.1 de la Constitución Española de 1978, las Comunidades Autónomas podrán asumir competencias en materia de:
Cuerpo de Ayudantes de Instituciones PenitenciariasVer detalles
  • ALegislación sobre la propiedad intelectual e industrial.
  • BFomento y coordinación general de la investigación científica y técnica.
  • COrdenación del territorio, urbanismo y vivienda.
  • DLa Administración de Justicia.
3. De acuerdo con el artículo 148.1 de la Constitución Española de 1978, las Comunidades Autónomas podrán asumir competencias en materia de:
Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones PenitenciariasVer detalles
  • ALegislación sobre la propiedad intelectual e industrial.
  • BFomento y coordinación general de la investigación científica y técnica.
  • COrdenación del territorio, urbanismo y vivienda.
  • DLa Administración de Justicia.
4. Según el artículo 148 de la Constitución Española, las Comunidades Autónomas podrán asumir competencias sobre una de las siguientes materias:
Cuerpo de Ayudantes de Instituciones PenitenciariasVer detalles
  • AOrdenación del territorio.
  • BAdministración de Justicia.
  • CExtranjería y derecho de asilo.
  • DIluminación de costas y señales marítimas.
5. Según el artículo 148.1 de la CE, las Comunidades Autónomas podrán asumir competencias en materia de:
Cuerpo de Ayudantes de Instituciones PenitenciariasVer detalles
  • ARégimen de producción, comercio, tenencia y uso de armas y explosivos.
  • BBases del régimen minero y energético.
  • CAsistencia social.
  • DAdministración de Justicia.
6. Según el artículo 148.1 de la CE, las Comunidades Autónomas podrán asumir competencias en materia de:
Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones PenitenciariasVer detalles
  • ARégimen de producción, comercio, tenencia y uso de armas y explosivos.
  • BBases del régimen minero y energético.
  • CAsistencia social.
  • DAdministración de Justicia.
7. Según el artículo 148.1 de la CE, las Comunidades Autónomas podrán asumir competencias en materia de:
Cuerpo Especial de Instituciones PenitenciariasVer detalles
  • ARégimen de producción, comercio, tenencia y uso de armas y explosivos.
  • BBases del régimen minero y energético.
  • CAsistencia social.
  • DAdministración de Justicia.

opojust.com usa cookies de analíticas anónimas, propias para su correcto funcionamiento y de publicidad. Nuestros socios (incluido Google) pueden almacenar, compartir y gestionar tus datos para ofrecer anuncios personalizados. Al hacer click en "Aceptar todas", aceptas el uso de todas las cookies. Si rechazas, solo usaremos las cookies necesarias para el funcionamiento básico de la web. Puedes saber más en nuestra página de privacidad y cookies.