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Según el artículo 209 del Reglamento Penitenciario, los establecimientos penitenciarios contarán con equipo sanitario de atención primaria que estará integrado, al menos, por:

Respuestas
  • AUn/a profesional médico/a, un/a profesional de enfermería, un/a psicólogo/a y un/a médico/a estomatólogo u odontólogo/a.
  • BUn/a profesional médico/a, un/a supervisor/a de enfermería, un/a enfermero/a y un/a Técnico/a en cuidados auxiliares de enfermería.
  • CUn/a profesional médico/a, un/a profesional de enfermería, un/a podólogo/a y un/a Técnico/a en cuidados auxiliares de enfermería.
  • DUn/a profesional médico/a, un/a profesional de enfermería, un/a Técnico/a de cuidados auxiliares de enfermería y de forma periódica con un/a psiquiatra y un/a médico/a estomatólogo/a u odontólogo/a.
Oposición
Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias
Bloque
Derecho Penitenciario
Tema
Tema 4. Prestaciones de la Administración Penitenciaria. Asistencia sanitaria. Higiene y alimentación. Asistencia religiosa. Acción Social Penitenciaria
Ley
Real Decreto 190/1996, de 9 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Penitenciario
Preguntada en la convocatoria de:
(2024-02-04 - OEP 2023) Examen Oficial Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias

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