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El que solicite favores de naturaleza sexual para un tercero en el ámbito de una relación laboral, ¿comete delito de acoso sexual?

Respuestas
  • ALo cometerá cuando el que solicitare los favores sexuales, con su comportamiento, provocare a la víctima una situación objetiva y gravemente intimidatoria, hostil o humillante.
  • BNo cometerá delito de acoso sexual, ya que la solicitud de favores de naturaleza sexual debe ser para uno mismo y no para un tercero, por lo que dicho comportamiento será tipificado como otro delito de los contemplados en el Título VIII del Libro II del Código Penal.
  • CSolo lo cometerá cuando la víctima sea especialmente vulnerable, por razón de su edad, enfermedad o situación laboral.
  • DÚnicamente lo cometerá cuando el solicitante se hubiera prevalido de una situación de superioridad con respecto a la víctima.
Oposición
Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias
Bloque
Derecho Penal
Tema
Tema 6. Principales delitos (2): De las torturas y otros delitos contra la integridad moral. Delitos contra el honor: calumnia e injuria. Las falsedades: Falsificación de documentos públicos y oficiales. La usurpación de funciones públicas y el intrusismo. Delitos contra la libertad sexual
Ley
Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal
Preguntada en la convocatoria de:
(2015-11-08 - OEP 2015) Examen Oficial Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias

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