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De acuerdo con el artículo 32.1 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, sobre Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, el encargado del tratamiento deberá bloquear los datos cuando sea necesario para su:

Respuestas
  • AModificación o exclusión.
  • BRectificación o supresión.
  • CSustitución o eliminación.
  • DAdición o modificación.
Oposición
Cuerpo Especial de Instituciones Penitenciarias
Bloque
Políticas públicas
Tema
Tema 12. La protección de datos personales. Régimen jurídico. La Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales. La figura del Delegado de Protección de Datos en las Administraciones Públicas. La Agencia Española de Protección de Datos
Ley
Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales

Preguntas similares

1. De acuerdo con el artículo 37 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, sobre Protección de Datos Personales y la garantía de los derechos digitales, en el caso de que el responsable o el encargado del tratamiento haya nombrado un delegado de protección de datos:
Cuerpo Especial de Instituciones PenitenciariasVer detalles
  • AEl afectado deberá, con carácter previo a la presentación de una reclamación contra aquellos ante la Agencia Española de Protección de Datos o, en su caso, ante la autoridad autonómica competente, dirigirse al delegado de protección de datos que deberá comunicarle la decisión que se hubiera adoptado en el plazo máximo de dos meses.
  • BEl afectado deberá, con carácter previo a la presentación de una reclamación contra aquellos ante la Agencia Española de Protección de Datos o, en su caso, ante la autoridad autonómica competente, dirigirse al delegado de protección de datos que deberá comunicarle la decisión que se hubiera adoptado en el plazo máximo de un mes.
  • CEl afectado podrá, con carácter previo a la presentación de una reclamación contra aquellos ante la Agencia Española de Protección de Datos o, en su caso, ante la autoridad autonómica competente, dirigirse al delegado de protección de datos que deberá comunicarle la decisión que se hubiera adoptado en el plazo máximo de dos meses.
  • DEl afectado puede, previamente a presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos o, si corresponde, ante la autoridad autonómica competente, contactar al delegado de protección de datos, quien debe informarle sobre la decisión adoptada en un plazo máximo de dos meses.

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