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De acuerdo a lo establecido en el artículo 6 de la Ley 23/2014, de 20 de noviembre, de reconocimiento mutuo de resoluciones penales en la Unión Europea, ¿con qué frecuencia la Fiscalía General del Estado remitirá al Ministerio con competencias en materia de Justicia un listado de los instrumentos de reconocimiento mutuo emitidos o ejecutados por representantes del Ministerio Público?

Respuestas
  • ASemestralmente.
  • BTrimestralmente.
  • CAnualmente.
  • DMensualmente.
Oposición
Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias
Bloque
Derecho Penitenciario
Tema
Tema 1. La regulación supranacional en materia penitenciaria: Convenios, Tratados, Pactos, Declaraciones y Recomendaciones. Especial referencia a los acuerdos sobre traslados de personas condenadas. Organismos de vigilancia y control. Especial consideración de la labor de las Naciones Unidas y del Consejo de Europa. La ley 23/2014, de 20 de noviembre, de reconocimiento mutuo de resoluciones penales en la Unión Europea
Ley
Ley 23/2014, de 20 de noviembre, de reconocimiento mutuo de resoluciones penales en la Unión Europea
Preguntada en la convocatoria de:
(2018-02-25 - OEP 2017) Examen Oficial Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias

Preguntas similares

1. Según el artículo 6.2 de la Ley 23/2014 de reconocimiento mutuo de resoluciones penales en la Unión Europea, ¿quién remitirá semestralmente al Ministerio de Justicia un listado de los instrumentos de reconocimiento mutuo emitidos o ejecutados por representantes del Ministerio Público?
Cuerpo de Ayudantes de Instituciones PenitenciariasVer detalles
  • ALos Jueces o Tribunales
  • BLos Tribunales
  • CLa Fiscalía General del Estado
  • DNinguna es correcta, ya que no se remitirá semestralmente, sino trimestralmente

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