AAl interno mediante entrega de copia del
acuerdo, dentro de las cuarenta y ocho horas
siguientes a su adopción. Se pondrá en
conocimiento del Juzgado de Vigilancia
Penitenciaria, mediante remisión del
contenido literal del mismo y de los
preceptivos informes en que se fundamenta,
dentro de las veinticuatro horas.
BAl interno mediante entrega de copia del
acuerdo, dentro de las veinticuatro horas
siguientes a su adopción. Se pondrá en
conocimiento del Juzgado de Vigilancia
Penitenciaria, mediante remisión del
contenido literal del mismo y de los
preceptivos informes en que se fundamenta,
dentro de las setenta y dos horas.
CAl interno mediante entrega de copia del
acuerdo, dentro de las cuarenta y ocho horas
siguientes a su adopción. Se pondrá en
conocimiento del Juzgado de Vigilancia
Penitenciaria, mediante remisión del
contenido literal del mismo y de los
preceptivos informes en que se fundamenta,
dentro de las cuarenta y ocho horas.
DAl interno mediante entrega de copia del
acuerdo, dentro de las setenta y dos horas
siguientes a su adopción. Se pondrá en
conocimiento del Juzgado de Vigilancia
Penitenciaria, mediante remisión del
contenido literal del mismo y de los
preceptivos informes en que se fundamenta,
dentro, también, de las setenta y dos horas.