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El régimen ordinario se aplicará, como indica el Reglamento Penitenciario vigente:

Respuestas
  • AA los penados clasificados en Segundo Grado, a los penados sin clasificar y a los detenidos y presos.
  • BA los penados clasificados en Tercer Grado, siempre que sea en la modalidad prevista en el Artículo 82.1 del RP.
  • CA los penados clasificados según el principio de flexibilidad establecido en el Artículo 100.2 del RP.
Oposición
Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones Penitenciarias
Bloque
Penología y Derecho Penitenciario
Tema
Tema 15.
Epígrafe
15.3 Régimen ordinario
Ley
Real Decreto 190/1996, de 9 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Penitenciario
Preguntada en la convocatoria de:
(2011-10-01 - OEP 2011) Examen Oficial Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones Penitenciarias

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