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Según establece el artículo 19 del Real Decreto 782/2001, de 6 de julio, los internos trabajadores sujetos a la relación laboral especial penitenciaria quedarán incluidos:

Respuestas
  • AEn el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Penados en Instituciones Penitenciarias.
  • BEn el Régimen Especial de la Seguridad Social de Trabajadores Autónomos.
  • CEn el Régimen General de la Seguridad Social.
  • DEn el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Sentenciados a la Pena de Trabajo en Beneficio de la Comunidad.
Oposición
Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones Penitenciarias
Bloque
Penología y Derecho Penitenciario
Tema
Tema 26.
Epígrafe
26.4 Remuneración y tiempo del trabajo productivo
Ley
Real Decreto 782/2001, de 6 de julio, por el que se regula la relación laboral de carácter especial de los penados que realicen actividades laborales en talleres penitenciarios y la protección de Seguridad Social de los sometidos a penas de trabajo en beneficio de la comunidad
Preguntada en la convocatoria de:
(2016-02-07 - OEP 2015) Examen Oficial Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones Penitenciarias

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