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Señale la respuesta incorrecta. En los casos de penados/as clasificados/as en tercer grado con particular trayectoria delictiva, personalidad anómala o imposibilidad de realizar trabajo en el exterior, la Junta de Tratamiento, de acuerdo con el artículo 82 del Reglamento Penitenciario, podrá:

Respuestas
  • AEstablecer controles.
  • BEstablecer medios de tutela.
  • CRegresarle a segundo grado.
  • DRestringir las salidas al exterior.
Oposición
Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias
Bloque
Derecho Penitenciario
Tema
Tema 8. El régimen cerrado: Criterios de aplicación y características. Modalidades. El régimen abierto: Objetivos, criterios de aplicación y centros de destino
Ley
Real Decreto 190/1996, de 9 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Penitenciario
Preguntada en la convocatoria de:
(2022-11-27 - OEP 2021/2022) Examen Oficial Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias

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