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A los efectos de lo estipulado en el artículo 202 del Reglamento Penitenciario, Real Decreto 190/1996, de 9 de febrero, se entenderá por beneficios penitenciarios las medidas que permiten:

Respuestas
  • AEl adelantamiento de la libertad condicional, la sustitución de la pena y el indulto particular.
  • BEl adelantamiento de la libertad condicional, el indulto particular y la progresión a tercer grado con modalidad de vida de control telemático.
  • CEl adelantamiento de la libertad condicional y el indulto particular.
  • DEl adelantamiento de la libertad condicional, la remisión de penas por el trabajo y el indulto particular.
Oposición
Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias
Bloque
Derecho Penitenciario
Tema
Tema 13. Libertad y excarcelación en sus distintas formas. El procedimiento de expulsión de extranjeros. Suspensión de la ejecución del resto de la pena y concesión de la libertad condicional: Requisitos para su concesión y revocación. Mecanismos de control de esta situación. Los beneficios penitenciarios y sus clases
Ley
Real Decreto 190/1996, de 9 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Penitenciario
Preguntada en la convocatoria de:
(2018-02-25 - OEP 2017) Examen Oficial Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias

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