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¿En qué circunstancias pueden los internos adquirir productos autorizados en el exterior del Establecimiento según la normativa vigente?

Respuestas
  • AEn caso de necesidad, apreciada por la Dirección del Centro y previa autorización de esta, siempre que el interno se haga cargo del coste y sean productos que no estén disponibles en el economato.
  • BEn caso de necesidad, apreciada por el Subdirector de Seguridad del Centro, siempre y cuando el interno se haga cargo del coste.
  • CEn cualquier circunstancia, siempre que los productos no se estén disponibles en el economato y no atenten contra la seguridad del establecimiento.
  • DSiempre que el interno lo requiera.
Oposición
Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias
Bloque
Derecho Penitenciario
Tema
Tema 20. El régimen económico de los Establecimientos Penitenciarios: Principios generales y régimen patrimonial. Contabilidad general. Las cuentas presupuestarias y extrapresupuestarias. Gestión de almacenes. Las formas de gestión de los servicios de economatos, cocinas, alimentación y vestuario. El peculio de los internos: formas de gestión. Las pertenencias de los internos: Administración y custodia. La oficina de habilitación: Gestión de nóminas y seguridad social de los empleados públicos. Inventario general de equipamiento, utensilio y mobiliario en un Centro Penitenciario
Ley
Real Decreto 190/1996, de 9 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Penitenciario
Preguntada en la convocatoria de:
(2015-11-08 - OEP 2015) Examen Oficial Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias

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