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Según la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, el que prendiera fuego a montes o masas forestales sin que llegue a propagarse el incendio de los mismos:

Respuestas
  • AQuedará exenta de pena, si no concurre peligro para la vida o para la integridad física de las personas.
  • BQuedará exento de pena si el incendio no se propagara por la acción voluntaria y positiva del autor.
  • CSiempre será castigado con la pena de prisión de seis meses a un año y multa de doce a veinticuatro meses.
Oposición
Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones Penitenciarias
Bloque
Derecho Penal
Tema
Tema 24.
Epígrafe
24.3 Incendios
Ley
Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal
Preguntada en la convocatoria de:
(2010-09-25 - OEP 2010) Examen Oficial Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones Penitenciarias

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