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Conforme al artículo 83.2 del Reglamento Penitenciario, las tareas de apoyo y de asesoramiento y de cooperación necesaria para favorecer la incorporación progresiva al medio social de las personas reclusas se regirán por los siguientes principios:

Respuestas
  • AResponsabilidad, obligando a los/as internos/as a participar en las actividades.
  • BPrevención, para tratar de evitar la desestructuración familiar y social.
  • CAusencia de las medidas de control, sin perjuicio del establecimiento de programas de seguimiento y evaluación de las actividades realizadas por los/as internos/as dentro y fuera del establecimiento.
  • DIntegración social, proporcionando al/la interno/a, en todo caso, atención a través de los servicios especializados de la comunidad para facilitar su participación plena y responsable en la vida familiar, social y laboral.
Oposición
Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias
Bloque
Derecho Penitenciario
Tema
Tema 8. El régimen cerrado: Criterios de aplicación y características. Modalidades. El régimen abierto: Objetivos, criterios de aplicación y centros de destino
Ley
Real Decreto 190/1996, de 9 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Penitenciario
Preguntada en la convocatoria de:
(2024-02-04 - OEP 2023) Examen Oficial Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias

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