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Conforme establece el artículo 63 del RP, el Jefe de la guardia exterior para informar de las incidencias del servicio:

Respuestas
  • ADeberá presentarse al Consejo de Dirección una vez practicado el relevo.
  • BDeberá comunicar diariamente las incidencias al departamento de Coordinación de Seguridad del Centro Directivo.
  • CCuando durante el servicio se produzca algún hecho importante, deberá ponerlo inmediatamente en conocimiento del Jefe de Servicios.
  • DDeberá presentarse al Director o funcionario que le sustituya una vez practicado el relevo.
Oposición
Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias
Bloque
Derecho Penitenciario
Tema
Tema 6. El Régimen Penitenciario (2). La seguridad en los Establecimientos Penitenciarios. La seguridad exterior: Competencia y fines. La seguridad interior: Principios generales, medidas preventivas y medidas de control. Los medios coercitivos y su aplicación
Ley
Real Decreto 190/1996, de 9 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Penitenciario
Preguntada en la convocatoria de:
(2015-01-25 - OEP 2014) Examen Oficial Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias

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