Crear pregunta

De acuerdo con lo establecido en el artículo 72.3 del Real Decreto 190/1996, de 9 de febrero, por el que su aprueba el Reglamento Penitenciario (en adelante, Reglamento Penitenciario), la aplicación de medios coercitivos deberá ser inmediatamente comunicada a:

Respuestas
  • AEl Juzgado de Vigilancia Penitenciaria.
  • BLa Autoridad judicial de la que dependa el interno/a en el caso de preventivos/as y al Juzgado de Vigilancia Penitenciaria en el caso de los/las penados/as.
  • CEl Juzgado de Guardia.
  • DEl Centro Directivo.
Oposición
Cuerpo Especial de Instituciones Penitenciarias
Bloque
Derecho penitenciario
Tema
Tema 30. El régimen administrativo de los Establecimientos Penitenciarios. Gestión de la seguridad del Centro: Organización y criterios generales. Registros, recuentos, cacheos, control de vehículos, incidentes regimentales, aplicación de medios coercitivos, objetos retenidos. Fichero FIES, tipos, normativa aplicable y jurisprudencia. Control de grupos en prisión. Control de internos con incompatibilidad entre sí
Ley
Real Decreto 190/1996, de 9 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Penitenciario
Preguntada en la convocatoria de:
(2022-11-20 - OEP 2021/2022) Examen Oficial Cuerpo Especial de Instituciones Penitenciarias

opojust.com usa cookies de analíticas anónimas, propias para su correcto funcionamiento y de publicidad. Nuestros socios (incluido Google) pueden almacenar, compartir y gestionar tus datos para ofrecer anuncios personalizados. Al hacer click en "Aceptar todas", aceptas el uso de todas las cookies. Si rechazas, solo usaremos las cookies necesarias para el funcionamiento básico de la web. Puedes saber más en nuestra página de privacidad y cookies.