Nueva colaboración con FORMIIPP20% descuento y simulacro del 13 al 15 de diciembre 

El que obra en defensa de la persona o derechos propios o ajenos estará exento de responsabilidad criminal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20.4 del Código Penal, aprobado por la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre:

Respuestas
  • ACuando se produzca una agresión sin provocación previa.
  • BSiempre que sea necesaria por la existencia de una agresión previa, para evitar daño a sus familiares.
  • CCuando exista una agresión legítima, falta de provocación suficiente por parte del defensor y necesidad racional del medio empleado para impedirla o repelerla.
  • DSiempre que exista agresión ilegítima, necesidad racional del medio empleado para impedirla o repelerla y ta de provocación suficiente por parte del defensor.
Oposición
Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones Penitenciarias
Bloque
Derecho Penal
Tema
Tema 7.
Epígrafe
7.3 Causas de inimputabilidad
Ley
Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal
Preguntada en la convocatoria de:
(2018-06-10 - OEP 2017) Examen Oficial Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones Penitenciarias

opojust.com usa cookies de analíticas anónimas, propias para su correcto funcionamiento y de publicidad. Nuestros socios (incluido Google) pueden almacenar, compartir y gestionar tus datos para ofrecer anuncios personalizados. Al hacer click en "Aceptar todas", aceptas el uso de todas las cookies. Si rechazas, solo usaremos las cookies necesarias para el funcionamiento básico de la web. Puedes saber más en nuestra página de privacidad y cookies.