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Según el artículo 109.1 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, los fondos de anticipo de Caja Fija situados en cuentas corrientes en entidades de crédito distintas al Banco de España, abiertas con autorización de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, tendrán el privilegio de inembargabilidad que señala el artículo 23 del mismo texto legal:

Respuestas
  • ASiempre.
  • BNunca, los fondos de anticipo de caja fija tienen carácter extrapresupuestario y por tanto son susceptibles de embargo.
  • CSólo si el contrato de servicio establecido con la Entidad de Crédito lo indica en sus cláusulas de prescripciones administrativas.
  • DSalvo disposición judicial en contra.
Oposición
Cuerpo Especial de Instituciones Penitenciarias
Bloque
Gestión financiera
Tema
Tema 19. Gastos para la compra de bienes y servicios. Gastos de inversión. Gastos de transferencias: Corrientes y de capital. Anticipos de caja fija. Pagos «a justificar». Justificación de libramientos
Ley
Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria
Preguntada en la convocatoria de:
(2015-01-25 - OEP 2014 (Promoción interna)) Examen Oficial Cuerpo Especial de Instituciones Penitenciarias

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