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Con arreglo al artículo 84 del Real Decreto 190/1996, de 9 de febrero, las normas de organización y funcionamiento de los Establecimientos de régimen abierto, serán:

Respuestas
  • AElaboradas por el Consejo de Dirección y aprobadas por el Centro Directivo.
  • BElaboradas por la Junta de Tratamiento y aprobadas por el Consejo de Dirección.
  • CElaboradas por la Junta de Tratamiento y aprobadas por el Centro Directivo.
  • DAprobadas por el Consejo de Dirección y comunicadas al Centro Directivo.
Oposición
Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias
Bloque
Derecho Penitenciario
Tema
Tema 8. El régimen cerrado: Criterios de aplicación y características. Modalidades. El régimen abierto: Objetivos, criterios de aplicación y centros de destino
Ley
Real Decreto 190/1996, de 9 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Penitenciario
Preguntada en la convocatoria de:
(2018-02-25 - OEP 2017) Examen Oficial Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias

Preguntas similares

1. Según el artículo 84 del RP, las normas de organización y funcionamiento de los Establecimientos de régimen abierto serán elaboradas por:
Cuerpo de Ayudantes de Instituciones PenitenciariasVer detalles
  • ALa Junta de Tratamiento y aprobadas por el Consejo de Dirección.
  • BEl Equipo Técnico y aprobadas por el Consejo de Dirección.
  • CLa Junta de Tratamiento y aprobadas por el Centro Directivo.
  • DEl Equipo Técnico y aprobadas por el Centro Directivo.

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