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Una de las condiciones necesarias para dejar en suspenso la ejecución de la pena, conforme al artículo 80.2 del Código Penal, es:

Respuestas
  • AQue la pena o la suma de las impuestas no sea superior a dos años, incluyendo en tal cómputo la derivada del impago de multa.
  • BQue ninguna de las penas supere un año, ni la suma de las impuestas sea superior a dos, sin incluir en tal cómputo la derivada del impago de multa.
  • CQue la pena o la suma de las impuestas no sea superior a dos años, sin incluir en tal cómputo la derivada del impago de multa.
  • DQue ninguna de las penas supere un año, ni la suma de las impuestas sea superior a dos, incluyendo en tal cómputo la derivada del impago de multa.
Oposición
Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones Penitenciarias
Bloque
Penología y Derecho Penitenciario
Tema
Tema 30.
Epígrafe
30.1 Las formas de suspensión de la ejecución penal de las penas privativas de libertad: clases y requisitos
Ley
Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal
Preguntada en la convocatoria de:
(2019-09-15 - OEP 2019) Examen Oficial Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones Penitenciarias

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