Crear pregunta

De acuerdo con lo establecido en el artículo 25 del TREBEP, los/las funcionarios/as interinos/as:

Respuestas
  • ASe reconocerán los trienios correspondientes a los servicios prestados antes de la entrada en vigor del presente Estatuto que tendrán efectos retributivos únicamente a partir de la entrada en vigor del mismo.
  • BSe reconocerán los trienios correspondientes a los servicios prestados del mismo Grupo o Subgrupo de titulación al del nombramiento como funcionario/a interino/a, únicamente a partir de la entrada en vigor del presente Estatuto.
  • CNo tendrán derecho a los trienios correspondientes a los servicios prestados antes de la entrada en vigor del presente Estatuto.
  • DSe reconocerán los trienios correspondientes a los servicios prestados posteriores a la entrada en vigor del presente Estatuto que tendrán efectos retributivos únicamente a partir del nombramiento como funcionario/a de carrera.
Oposición
Cuerpo Especial de Instituciones Penitenciarias
Bloque
Administración de Recursos Humanos
Tema
Tema 18. Retribuciones de los funcionarios públicos. Nóminas: Estructuras y normas de confección. Altas y bajas, su justificación. Ingresos en formalización. Devengo y liquidación de derechos económicos. Especial referencia a la evaluación del desempeño. Indemnizaciones por razón del servicio
Ley
Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público
Preguntada en la convocatoria de:
(2022-11-20 - OEP 2021/2022) Examen Oficial Cuerpo Especial de Instituciones Penitenciarias

opojust.com usa cookies de analíticas anónimas, propias para su correcto funcionamiento y de publicidad. Nuestros socios (incluido Google) pueden almacenar, compartir y gestionar tus datos para ofrecer anuncios personalizados. Al hacer click en "Aceptar todas", aceptas el uso de todas las cookies. Si rechazas, solo usaremos las cookies necesarias para el funcionamiento básico de la web. Puedes saber más en nuestra página de privacidad y cookies.