APor el Establecimiento Penitenciario se establecerán las normas que permitan realizar un seguimiento mensual de los saldos del fondo de peculio en el Establecimiento y sus correspondientes saldos de intereses.
BCon el peculio de libre disposición podrán los internos ordenar transferencias a su familia o a otras personas, previa autorización del Administrador del Establecimiento.
CSi la gestión del fondo de peculio se realiza por la Administración Penitenciaria, a cada partícipe del fondo se le proveerá de una hoja personal en que se le inscribirán los ingresos a su nombre y las extracciones autorizadas semanalmente, con expresión del saldo, datos que estarán en consonancia con las partidas correspondientes en el libro general de peculio que lleve la Administración.
DEn caso de traslado del interno a otro Establecimiento, se le entregará en metálico, de su peculio, una cantidad prudencial para sus gastos. El resto le será remitido por el Administrador del Establecimiento de origen al de destino o, si el peculio se gestiona por una entidad financiera, se trasladará la cuenta a la localidad de destino.