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La autoridad o funcionario público que por imprudencia grave incurra en alguna de las falsedades previstas en el artículo 390 del Código Penal, o diere lugar a que otro las cometa:

Respuestas
  • ASerá castigado con pena de multa y suspensión de empleo o cargo público, según el artículo 391.
  • BSerá castigado con pena de prisión y suspensión de empleo o cargo público, según el artículo 391.
  • CSerá castigado con inhabilitación especial para cargo público, según el artículo 391.
  • DQuedará exento de responsabilidad penal, según el artículo 391.
Oposición
Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias
Bloque
Derecho Penal
Tema
Tema 6. Principales delitos (2): De las torturas y otros delitos contra la integridad moral. Delitos contra el honor: calumnia e injuria. Las falsedades: Falsificación de documentos públicos y oficiales. La usurpación de funciones públicas y el intrusismo. Delitos contra la libertad sexual
Ley
Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal
Preguntada en la convocatoria de:
(2018-02-25 - OEP 2017) Examen Oficial Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias

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