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Según el artículo 7.1 de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas, uno de los requintos para autorizar a un empleado público la compatibilidad para desempeñar dos funciones públicas es:

Respuestas
  • AQue la cantidad total percibida por ambos puestos no supere la que figura en los Presupuestos Generales del Estad para el Director General.
  • BQue el complemento del puesto de la actividad pública principal no supere en ningún caso el 30%.
  • CQue el funcionario lo solicite y no haya incompatibilidad horaria.
Oposición
Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones Penitenciarias
Bloque
Organización del Estado, Unión Europea y Función Pública
Tema
Tema 17.
Epígrafe
17.1 Régimen de incompatibilidades. Ética del servicio público. Contenido del Capítulo VI del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
Ley
Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas.
Preguntada en la convocatoria de:
(2010-09-25 - OEP 2010) Examen Oficial Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones Penitenciarias

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