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Según el artículo 29 de la Ley Orgánica General Penitenciaria están exceptuados de la obligación de trabajar:

Respuestas
  • ALos sometidos a tratamiento médico por causas de accidente o enfermedad hasta que transcurran dos semanas desde que sean dados de alta.
  • BLos que disfruten de permisos ordinarios de salida.
  • CLos perceptores de prestación por jubilación.
  • DLos mayores de 60 años.
Oposición
Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones Penitenciarias
Bloque
Penología y Derecho Penitenciario
Tema
Tema 25.
Epígrafe
25.2 El deber de trabajar
Ley
Ley Orgánica 1/1979, de 26 de septiembre, General Penitenciaria
Preguntada en la convocatoria de:
(2022-11-20 - OEP 2021/2022) Examen Oficial Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones Penitenciarias

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