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Según el artículo 24.5 del Real Decreto 190/1996, de 9 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Penitenciario, en el expediente personal del penado se extenderá la oportuna diligencia de libertad definitiva:

Respuestas
  • ATanto si la liberación tiene lugar en el centro como si la última parte de la condena se ha cumplido en situación de libertad condicional, expidiéndose y remitiéndose certificaciones de libertad definitiva solo al Tribunal sentenciador.
  • BTanto si la liberación tiene lugar en el centro como si la última parte de la condena se ha cumplido en situación de libertad condicional, expidiéndose y remitiéndose certificaciones de libertad definitiva al tribunal sentenciador y al Juez de Vigilancia Penitenciaria.
  • CExclusivamente si la liberación tiene lugar en el centro penitenciario.
Oposición
Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones Penitenciarias
Bloque
Penología y Derecho Penitenciario
Tema
Tema 38.
Epígrafe
38.3 Libertad de los penados: Distintos supuestos
Ley
Real Decreto 190/1996, de 9 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Penitenciario
Preguntada en la convocatoria de:
(2011-10-01 - OEP 2011) Examen Oficial Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones Penitenciarias

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