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De acuerdo con el Código Penal, es una circunstancia atenuante:

Respuestas
  • ALa de haber procedido el culpable, con independencia que el procedimiento judicial se dirija contra él, a confesar la infracción a las autoridades.
  • BLa de haber procedido el culpable a reparar el daño ocasionado a la víctima, o disminuir sus efectos, en cualquier momento del procedimiento y con anterioridad al dictado y publicación de la sentencia.
  • CLa de obrar por causas o estímulos tan poderosos que hayan producido arrebato, obcecación u otro estado pasional de entidad semejante.
  • DLa dilación ordinaria en la tramitación del procedimiento, siempre que no sea atribuible al propio inculpado y que no guarde proporción con la complejidad de la causa.
Oposición
Cuerpo Especial de Instituciones Penitenciarias
Bloque
Derecho penal
Tema
Tema 34. Culpabilidad y su fundamento. La responsabilidad por el resultado y el principio de culpabilidad. Causas de inimputabilidad. Causas de exculpación. La punibilidad y las causas que la excluyen. Las circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal
Ley
Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal
Preguntada en la convocatoria de:
(2021-10-24 - OEP 2020) Examen Oficial Cuerpo Especial de Instituciones Penitenciarias

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