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En relación con la prisión provisional y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 508.1 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal:

Respuestas
  • AEl juez o tribunal podrá acordar que la medida de prisión provisional del investigado o encausado se verifique en su domicilio y no podrá autorizar que el investigado lo abandone bajo ninguna circunstancia.
  • BEl juez o tribunal podrá acordar que la medida de prisión provisional del investigado o encausado se verifique en su domicilio, con las medidas de vigilancia que resulten necesarias, cuando por razón de enfermedad el internamiento entrañe grave peligro para su salud.
  • CEl juez o tribunal nunca puede acordar que la medida de prisión provisional del investigado o encausado se verifique en su domicilio.
  • DEl juez o tribunal, siempre que lo considere oportuno, podrá acordar que la medida de prisión provisional del investigado o encausado se verifique en su domicilio, con las medidas de vigilancia que resulten necesarias.
Oposición
Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias
Bloque
Derecho Penal
Tema
Tema 9. La jurisdicción penal. El proceso penal: Concepto, objeto y tipos. Las partes en el proceso penal. Los actos procesales con especial referencia a las medidas cautelares que suponen privación de libertad y a las resoluciones judiciales
Ley
Real Decreto de 14 de septiembre de 1882 por el que se aprueba la Ley de Enjuiciamiento Criminal
Preguntada en la convocatoria de:
(2021-11-14 - OEP 2020) Examen Oficial Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias

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