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De acuerdo con el artículo 27 de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, sobre Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, la financiación de estas ayudas sociales para las víctimas de violencia de género procederá de:

Respuestas
  • ALas Comunidades Autónomas.
  • BLos Presupuestos Autonómicos.
  • CLos Presupuestos de los Ayuntamientos.
  • DLos Presupuestos Generales del Estado.
Oposición
Cuerpo Especial de Instituciones Penitenciarias
Bloque
Políticas públicas
Tema
Tema 10. Políticas sociales de igualdad de género. Políticas contra la violencia de género. Políticas de integración de las personas con discapacidad. Normativa vigente. Régimen jurídico de la Dependencia. La Administración electrónica según la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
Ley
Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género

Preguntas similares

1. De acuerdo con lo establecido en el artículo 27 de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, sobre Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, las víctimas de violencia de género recibirán una ayuda de pago único siempre que se den ciertas condiciones:
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  • ACuando careciesen de rentas superiores, en cómputo mensual, al 75% del salario mínimo interprofesional, excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias
  • BCuando careciesen de rentas superiores, en cómputo mensual, al 75% del salario mínimo interprofesional, excluida la parte proporcional de una paga extraordinaria
  • CCuando careciesen de rentas superiores, en cómputo mensual, al 75% del salario mínimo interprofesional, incluida la parte proporcional de una paga extraordinaria
  • DCuando las víctimas no dispongan de rentas que superen, en cómputo mensual, el 75% del salario mínimo interprofesional, excluyendo la parte proporcional de dos pagas extraordinarias.
2. De acuerdo con lo que establece el artículo 4.3 de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, la Educación Primaria va a contribuir a:
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  • AA desarrollar en el alumnado la capacidad para relacionarse con los demás de forma pacífica y para conocer, valorar y respetar la igualdad de oportunidades de hombres y mujeres.
  • BA desarrollar en el alumnado su capacidad para adquirir habilidades en la resolución pacífica de conflictos y para comprender y respetar la igualdad entre sexos.
  • CA fomentar en el alumnado la capacidad de consolidar su madurez personal, social y moral, de manera que puedan actuar de forma responsable y autónoma, así como analizar y evaluar críticamente las desigualdades de género y promover la igualdad real y efectiva entre hombres y mujeres.
  • DA desarrollar en la infancia el aprendizaje en la resolución pacífica de conflictos.

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