APodrán solicitar autorización del Consejo de Dirección para que éstos/as permanezcan en su compañía en el interior del centro, que se concederá siempre que se acredite la filiación y que la situación no entrañe riesgo para el/la menor, debiéndose recabar a este fin la opinión del Ministerio Fiscal.
BPodrán solicitar autorización del/la Director/a para que éstos/as permanezcan en su compañía en el interior del centro, que se concederá siempre que se acredite la filiación, que la situación no entrañe riesgo para el/la menor y se cuente con resolución favorable del Ministerio Fiscal y del Juzgado de Vigilancia.
CPodrán solicitar autorización del Ministerio Fiscal para que éstos/as permanezcan en su compañía en el interior del centro y se concederá siempre que se acredite la filiación, que la situación no entrañe riesgo y se cuente con informe favorable del Juzgado de Vigilancia Penitenciaria.
DPodrán solicitar autorización del Consejo de Dirección para que éstos/as permanezcan en su compañía en el interior del centro, que se concederá siempre que lo haya autorizado el Centro Directivo y se cuente con informe favorable del Ministerio Fiscal.