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Quien recibe por cualquier conducto una foto que menoscaba gravemente la intimidad de otra persona y la difunde sin su consentimiento:

Respuestas
  • ANo comete delito alguno, pero sí una intromisión ilícita en el derecho a la intimidad o imagen de la persona afectada reclamable a través de la Ley Orgánica 1/82.
  • BSólo incurre en responsabilidad penal si la víctima fuera menor de edad.
  • CSólo incurre en responsabilidad penal si hubiera tomado él mismo la foto con la anuencia de la persona afectada y luego la difunde sin su consentimiento.
  • DComete el delito de divulgación de imágenes intimas del artículo 197.7 del Código Penal.
Oposición
Carrera Judicial y Fiscal
Bloque
Derecho penal
Tema
Tema 35. Omisión del deber de socorro. Descubrimiento y revelación de secretos. Delitos contra los sistemas de información: espionaje informático. Allanamiento de morada, domicilio de personas jurídicas y establecimientos abiertos al público.
Ley
Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal
Preguntada en la convocatoria de:
(2023-02-19 - OEP 2023) Examen Oficial Carrera Judicial y Fiscal

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