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Según dispone el artículo 16 del Real Decreto 190/1996, de 9 de febrero, del Reglamento Penitenciario, e n los casos de ingresos voluntarios, el Director del centro recabará del Juez o Tribunal, el correspondiente mandamiento, así como, en su caso, el testimonio de sentencia y liquidación de condena, dentro del límite máximo de:

Respuestas
  • ALas treinta y seis horas siguientes al ingreso
  • BLas veinticuatro horas siguientes al ingreso
  • CLas cuarenta y ocho horas siguientes al ingreso
  • DLas setenta y dos horas siguientes al ingreso
Oposición
Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones Penitenciarias
Bloque
Penología y Derecho Penitenciario
Tema
Tema 9. El ingreso en un Establecimiento Penitenciario: Sus formas. Ingresos de internas con hijos menores. Trámites de ingreso. Supuestos de incomunicación. Separación interior. Modelos de intervención y programas de tratamiento
Ley
Real Decreto 190/1996, de 9 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Penitenciario
Preguntada en la convocatoria de:
(2025-02-16 - OEP 2024) Examen Oficial Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones Penitenciarias

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