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De conformidad con el artículo 200 del Real Decreto 190/1996, de 6 de febrero, del Reglamento Penitenciario, los liberados condicionales, para su adecuado seguimiento y control, se adscribirán:

Respuestas
  • AAl Centro Penitenciario o al Centro de Inserción Social que elevó el expediente de libertad condicional
  • BAl Centro Penitenciario o al Centro de Inserción Social más próximo al domicilio en que vayan a residir
  • CA los servicios sociales del Centro penitenciario que la Subdirección General de Penas y Medidas Alternativas designe, en atención a su domicilio familiar
  • DAl Juzgado de Vigilancia Penitenciaria que haya aprobado su libertad condicional
Oposición
Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones Penitenciarias
Bloque
Penología y Derecho Penitenciario
Tema
Tema 37. Suspensión de la ejecución del resto de la pena de prisión y concesión de la libertad condicional: Concepto, naturaleza, requisitos de concesión y cómputo de plazos. Revocación. El expediente de libertad condicional. Libertades condicionales especiales: en la prisión permanente revisable, en los primarios, para los extranjeros, enfermos y septuagenarios. Control y ayudas al liberado. Revocación
Ley
Real Decreto 190/1996, de 9 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Penitenciario
Preguntada en la convocatoria de:
(2025-02-16 - OEP 2024) Examen Oficial Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones Penitenciarias

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