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Según el artículo 80.1 de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, los jueces o tribunales mediante resolución motivada, podrán dejar en suspenso la ejecución de las penas:

Respuestas
  • ALas privativas de libertad cuando la pena o la suma de las penas impuestas no sea superior a dos años, concurriendo las condiciones establecidas en el apartado 2 del artículo 80
  • BLas de cualquier naturaleza
  • CLas privativas de libertad cuando la pena o la suma de las impuestas no sea superior a dos años, imperativamente
  • DLas privativas de libertad cuando la pena o la suma de las impuestas no sea superior a dos años, sin que sea necesaria ninguna otra condición
Oposición
Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones Penitenciarias
Bloque
Derecho Penal
Tema
Tema 14. Suspensión de la ejecución del resto de la pena de prisión y concesión de la libertad condicional
Ley
Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal
Preguntada en la convocatoria de:
(2025-02-16 - OEP 2024) Examen Oficial Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones Penitenciarias

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