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Conforme a lo que se establece en el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, que aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración general del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración general del Estado, en el caso de adscripción por movilidad por razones de salud o rehabilitación, el cese en el puesto de origen y la toma de posesión en el nuevo puesto de trabajo deberán llevarse a cabo en un plazo de:

Respuestas
  • ATres días hábiles si no implica cambio de residencia del funcionario, o de un mes si comporta cambio de residencia.
  • BCinco días hábiles si no implica cambio de residencia del funcionario, o de un mes si comporta cambio de residencia.
  • CSe deben realizar en un plazo de tres días hábiles si no conlleva cambio de residencia del funcionario, o de un mes si sí implica cambio de residencia.
  • DCinco días hábiles si no implica cambio de residencia del funcionario, o de diez días si comporta cambio de residencia.
Oposición
Cuerpo de Gestión de la Administración Civil del Estado
Bloque
Administración de recursos humanos
Tema
Tema 4. Formas de provisión de puestos de trabajo y movilidad en la Administración del Estado. Promoción interna y carrera profesional.
Ley
Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración general del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración general del Estado

Preguntas similares

1. De conformidad con el Real Decreto 364/1995 de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración general del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración general del Estado, el plazo máximo para resolver los concursos es de:
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  • AUn mes salvo que en la convocatoria se establezca otro distinto.
  • BDos meses en todo caso.
  • CTres meses salvo que en la convocatoria se establezca otro distinto.
  • DDos meses salvo que en la convocatoria se establezca otro distinto.
2. De acuerdo con lo previsto en el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración general del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración general del Estado, y en relación con la provisión de puestos de trabajo:
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  • ALa adscripción provisional se produce, entre otros, cuando se suprime un puesto de trabajo ocupado.
  • BLa comisión de servicios se produce, entre otros, para facilitar la ocupación de puestos con carácter definitivo a otro de carácter definitivo.
  • CNo cabe el reingreso activo mediante la participación en procedimientos de libre designación.
  • DEn los procedimientos de libre designación, los representantes de los trabajadores formarán parte de sus comisiones de valoración.
3. Según lo establecido en el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, que aprueba el Reglamento General para el ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y la provisión de puestos de trabajo, así como la promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado, ¿en qué situaciones se podrán cubrir puestos de trabajo mediante adscripción provisional?
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  • ACuando un puesto de trabajo quede vacante, en caso de urgente e inaplazable necesidad.
  • BEn el supuesto de reingreso al servicio activo de los funcionarios sin reserva de puesto de trabajo.
  • CPara la realización de tareas que, por causa de su mayor volumen temporal u otras razones coyunturales, no puedan ser atendidas con suficiencia por los funcionarios que desempeñen con carácter permanente los puestos de trabajo que tengan asignadas dichas tareas.
  • DEn caso de que un concurso para la provisión de una vacante no se resuelva favorablemente y su cobertura sea urgente para el servicio.

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