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Según el artículo 109 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, ¿podrán las Administraciones Públicas rectificar los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos?

Respuestas
  • ASí, de oficio o a instancia de los interesados.
  • BNo.
  • CExcepcionalmente.
  • DSí, de oficio únicamente.
Oposición
Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones Penitenciarias
Bloque
Organización del Estado, Unión Europea y Función Pública
Tema
Tema 33. La revisión de los actos en vía administrativa. Revisión de oficio. Revocación y sus límites
Ley
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas

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1. A tenor de lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, ¿cuándo podrán las Administraciones Públicas rectificar los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos?
Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones PenitenciariasVer detalles
  • ACon anterioridad al trámite de audiencia.
  • BAntes del transcurso del plazo de prescripción.
  • CEn cualquier momento.
  • DLas Administraciones Públicas no pueden modificar sus actos bajo ningún concepto.

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