AComo regla general, los informes serán preceptivos y no vinculantes, siendo evacuados en el plazo de diez días, salvo que una disposición o el cumplimiento del resto de los plazos del procedimiento permita o exija otro plazo mayor o menor.
BSe podrá prescindir del trámite de audiencia cuando no figuren en el procedimiento ni sean tenidos en cuenta en la resolución otros hechos ni otras alegaciones y pruebas que las aducidas por el interesado.
CEl instructor del procedimiento podrá rechazar pruebas propuestas por los interesados por considerarlas manifiestamente improcedentes sin necesidad de motivar su resolución.
DEn cualquier momento del procedimiento anterior al trámite de audiencia los interesados podrán alegar los defectos de tramitación y, en especial, los que supongan infracción de los plazos o la omisión de trámites que pueden ser subsanados antes de la resolución definitiva del asunto.