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De conformidad con el art. 64 del IV Convenio Único del personal laboral de la Administración General del Estado...

Respuestas
  • ALa duración máxima de la jornada general de trabajo será de treinta y siete horas y media semanales de trabajo efectivo de promedio en cómputo anual, equivalente a mil seiscientas cuarenta y dos horas anuales.
  • BLa duración máxima de la jornada general de trabajo será de cuarenta horas semanales de trabajo efectivo de promedio en cómputo anual, equivalente a mil seiscientas cuarenta y dos horas anuales.
  • CLa duración máxima de la jornada general de trabajo será de treinta y siete horas y media semanales de trabajo efectivo de promedio en cómputo anual, equivalente a mil seiscientas cuarenta y cinco horas anuales.
  • DLa duración máxima de la jornada general de trabajo será de treinta y siete horas semanales de trabajo efectivo de promedio en cómputo anual, equivalente a mil seiscientas cuarenta y dos horas anuales.
Oposición
Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones Penitenciarias
Bloque
Derecho del Trabajo
Tema
Tema 67. El contrato de trabajo en la Administración Pública. Partes. Capacidad para contratar. Prestaciones del trabajador y del empresario. Modificación, suspensión y extinción del contrato de trabajo
Ley
Resolución de 13 de mayo de 2019, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el IV Convenio colectivo único para el personal laboral de la Administración General del Estado

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