El mínimo del contribuyente será, con carácter general, de 5.550 euros anuales, de acuerdo con el artículo 57 de la Ley 35/2006, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio. ¿En qué cantidad aumentará si el contribuyente tiene más de 75 años?:

Respuestas
  • AAumentará en 1.150 euros anuales.
  • BAumentará en 1.400 euros anuales.
  • CAumentará en 2.550 euros anuales.
  • DAumentará en 1.125 euros anuales.
Oposición
Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado, especialidad de Agentes de la Hacienda Pública
Bloque
Organización de la Hacienda Pública y Derecho Tributario
Tema
Tema 19.
Epígrafe
El impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (III). Tributación familiar. Gestión del impuesto.
Preguntada en la convocatoria de:
(2023-07-18 - OEP 2022 (Ext.)) Examen Oficial Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado, especialidad de Agentes de la Hacienda Pública

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