¿Cuándo deberá efectuarse el pago en plazo voluntario de una deuda que deba abonarse mediante efectos timbrados, salvo que la norma específica contemple otro distinto, según el artículo 62 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria?:

Respuestas
  • ADeberá efectuarse en el momento de la realización del hecho imponible.
  • BDeberá efectuarse en los 5 días hábiles siguientes a la realización del hecho imponible.
  • CDeberá efectuarse entre el día siguiente a la realización del hecho imponible y el día 20 del mes siguiente o inmediato hábil siguiente si este fuera inhábil.
  • DDeberá efectuarse entre el día 1 de septiembre y el 20 de noviembre o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.
Oposición
Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado, especialidad de Agentes de la Hacienda Pública
Bloque
Organización de la Hacienda Pública y Derecho Tributario
Tema
Tema 11.
Epígrafe
La extinción de la deuda tributaria (I). Medios de extinción de la deuda. El pago o cumplimiento: forma, momento, plazos, imputación, consignación y medios de pago. Aplazamiento y fraccionamiento del pago: requisitos, tramitación, garantías, consecuencias del incumplimiento.
Preguntada en la convocatoria de:
(2023-07-18 - OEP 2022 (Ext.)) Examen Oficial Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado, especialidad de Agentes de la Hacienda Pública

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