Conforme al artículo 97.6 de la Ley 35/2006 del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas “El contribuyente casado y no separado legalmente que esté obligado a presentar declaración por este Impuesto y cuya autoliquidación resulte a ingresar podrá, al tiempo de presentar su declaración, solicitar la suspensión del ingreso de la deuda tributaria, sin intereses de demora, en una cuantía igual o inferior a la devolución a la que tenga derecho su cónyuge por este mismo Impuesto.” Según el artículo 103.1 de esa misma Ley, ¿en qué plazo máximo deberá notificarse el acuerdo que se adopte con la expresión, en su caso, de la deuda extinguida y de las devoluciones o ingresos adicionales que procedan?:

Respuestas
  • A1 mes desde la presentación de la solicitud.
  • B6 meses desde la presentación de la solicitud.
  • C1 mes desde la finalización del plazo para presentar la declaración.
  • D6 meses siguientes al término del plazo para presentar la declaración.
Oposición
Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado, especialidad de Agentes de la Hacienda Pública
Bloque
Organización de la Hacienda Pública y Derecho Tributario
Tema
Tema 19.
Epígrafe
El impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (III). Tributación familiar. Gestión del impuesto.
Preguntada en la convocatoria de:
(2023-07-18 - OEP 2022 (Ext.)) Examen Oficial Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado, especialidad de Agentes de la Hacienda Pública

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